Un decreto y una resolución establecen los
alcances que contempla el incremento salarial dispuesto con retroactividad al
1º de agosto.
El Decreto 2483 establece textualmente en su
artículo 1º “a partir del 1 de agosto de 2010 un haber mínimo garantizado de
$1.400 para los jubilados, pensionados y retirados a cargo del instituto de
Previsión Social de la provincia, dependientes de los poderes Ejecutivo,
legislativo y Judicial de Corrientes, excluyéndose los descuentos de ley”.
En tanto, la Resolución 1841,
dispone “elevar el haber mínimo imponible, sujeto a aportes y contribuciones a
la suma de $900 a jubilados y pensionados de los municipios de la provincia de
Corrientes. Artículo 20 de la Ley
4917” ;
estableciendo además en artículo siguiente la mencionada norma con vigencia a
partir del 1 de agosto de 2010, “un nuevo Haber Mínimo remunerativo de
Jubilación y pensión Municipal por la suma de $738”.
Monte Caseros - Corrientes - Argentina
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