Mediante una comunicado de prensa los miembros de la
Organización Guardianes del Iberá celebraron la Resolución número 1238/2011
publicada este jueves 25 de agosto en el Boletín Oficial de la República Argentina.
La misma establece que “las obras del “Proyecto Productivo
Ayuí Grande” resultan incompatibles con las disposiciones de la Ley General de
Ambiente Nº 25.675 y de la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental
de los Bosques Nativos Nº 26.331.”
En e dicha oportunidad la Corte Suprema reconoció la
competencia del Estado Nacional en el tema por el presunto daño que el proyecto
provocaría al Río Uruguay.
Luego la Corte ante la presentación de terceros coayudantes
había determinado que el objeto de la demanda estaba finalizado, lo que fue mal
interpretado por el Gobierno Provincial y las empresas interesadas, la
multinacional Adeco Agro, propiedad de George Soros (financista norteamericano)
y Copra S.A de José Aranda el (vicepresidente de Clarín).
“La Corte nunca avalo el proyecto, solo aclaro que ya había
finalizado la demanda original que era por la información, pero lo importante
es que había reconocido la competencia de Nación. Ahora El Estado Nacional hizo
uso de su competencia y freno las obras para siempre”. Estimo el dirigente
ecologista Emilio Spataro, Coordinador de la Campaña “Salvemos al Iberá”.
“Está resolución viene a poner las cosas en su lugar, no se
puede destruir el medio ambiente para favorecer a dos empresas, (una
extranjera), los recursos de todos deben ser usados sustentablemente para
beneficio de todos, no de unos pocos.” Reflexionó Spataro.
“Ayuí no era producción, era un proyecto de saqueo con poco
margen de beneficio local, ahora el Gobierno Provincial debe replantear su
política productiva haciéndola compatible con la protección ambiental, pero en
lo hechos, no solo, en los discursos como hasta ahora. Es momento de que el
gobierno de Ricardo Colombi reflexione. “ Criticó duramente el ecologista.
Es importante remarcar que la resolución de Nación reconoce
los reclamos ambientalistas por el Iberá, al indicar que: “también debe tenerse
presente la jurisprudencia de la Provincia de Corrientes, en aquellos casos que
involucran obras hidráulicas en beneficio de la actividad arrocera con
afectación de los cursos de agua, en especial humedales y Esteros del Iberá:
Causa “Leiva Bruno c/ Forestal Andina S.A.” sobre sumarísimo cautelar del
02/12/05, sentencia del 25/04/07 de la Cámara Civil y Comercial, Sala IV,
confirmada por el STJ el 26/11/07; Causa “Cirignoli Sebastián c/ Aguerre Ramón
y otros” sobre amparo ambiental de la misma Cámara Civil, fallo del 17/05/06
incidente cautelar 02/08/06; y Causa “Fraga Juan Cruz c/ Arrocero Rogelio
Zampedri y otros” sobre amparo ED 42669/6, de trámite por ante la misma Cámara
Civil.”
“Esto demuestra que todo lo actuado en Iberá fue tenido en
cuenta, y es de una enorme satisfacción para las comunidades iberenias
afectadas por estas obras ilegales.” Concluyo el ambientalista.
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