El asueto administrativo regirá para el personal de la
Administración Pública Nacional los días 23 y 30 de diciembre, a partir de las
12 horas y el 26 de diciembre y 2 de enero de 2012. No alcanza a las
instituciones bancarias y entidades financieras.
Se instruye a los distintos organismos para que implementen
las medidas necesarias a efectos de mantener la continuidad de los servicios
esenciales.
Se aclara que la medida no alcanza a las instituciones
bancarias y entidades financieras.
El Decreto lleva la firma de la presidenta Cristina
Fernández de Kirchner y del ministro del Interior, Florencio Randazzo.
En los considerandos expresa que los días 23 y 30 de
diciembre del año en curso, vísperas de las festividades de la Natividad de
Nuestro Señor Jesucristo y del Año Nuevo
son días laborables. Agrega que las citadas fechas constituyen tradicionalmente
motivo de festejo para todas las familias argentinas y extranjeras que habitan
en nuestro territorio.
Asimismo y a fin de facilitar las clásicas reuniones
familiares que se realizan en dichas fechas, se estima procedente posibilitar
el acercamiento de quienes, por diversas causas, se domicilian lejos de sus
seres queridos.
Que con ese objeto, se considera conveniente otorgar asueto
administrativo los días 23 y 30 de diciembre de 2011, a partir de las 12 horas,
y 26 de diciembre de 2011 y 2 de enero de 2012.
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