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FALLO A FAVOR DEL MUNICIPIO DE MONTE CASEROS CONTRA EL ESTADO PROVINCIAL: El Superior Tribunal de Justicia anuló la “jugarreta” del Gobernador

Luego de cinco meses de seguir los pasos legales correspondientes el Municipio de Monte Caseros tuvo un fallo favorable del STJ al dejar este sin efecto el decreto del Gobernador Colombi que modificaba la Comisión Administradora de los Fondos Excedentes de Salto Grande (quitándole todo derecho a nuestro departamento sobre la administración de esos fondos). Con esta medida la Comisión debería seguir funcionando como era habitual hasta la intromisión de Colombi.


En el mes de septiembre de 2011, la municipalidad de Monte Caseros promovió una acción legal contra el Estado Provincial, peticionando la nulidad del Decreto 1339/11, por medio del cual el Ejecutivo Provincial, agregaba un funcionario titular más a la Comisión Administradora de los Fondos de Salto Grande; estableciendo de esa forma una mayoría a favor del Estado Provincial y desvirtuando la igualdad de condiciones con el municipio montecasereño, reconocida en la ley 5390 de creación de la Comisión Administradora de los Fondos Excedentes de Salto Grande.


La conformación de la comisión se venía respetando desde la creación de la ley ( año 1999) , Los titulares de la cuenta de Salto Grande eran, un representante de la provincia y un representante del municipio de Monte Caseros, esta participación fue cercenada por el Gobernador Colombi con el dictado del Decreto 1339 que agregaba a los titulares el nombre del contador Gazzo (tesorero de la provincia) y además decía "que con la firma de dos de los representantes era suficiente, y la del contador Gazzo, era imprescindible..." de esta forma, Colombi pretendía dejar fuera de la Administración al representante de Monte Caseros (el Intendente Galantini).

Es aquí donde se advierte la violación a lo normado por la ley provincial 5390, toda vez que, además de incluir un funcionario extraño a la comisión, lo erige como firmante indispensable para el libramiento de cheques contra la cuenta donde se encuentran depositados los Fondos Especiales de Salto Grande, pudiendo hacerlo con la firma del otro funcionario provincial (el Ministro Godoy) relegando así la participación necesaria del representante de Monte Caseros.

Sintiendo que esto vulnera los derechos del Municipio de Monte Caseros, en cuanto a la administración de los fondos, se presentó y promovió una acción de nulidad, y dentro de la misma una medida cautelar de no innovar, ES DECIR MANTENER EL ESTADO DE HECHO Y  DERECHO ANTERIOR AL DICTADO DEL DECRETO, medida que, EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE CORRIENTES, consideró ajustada a derecho, haciendo lugar a la misma, por medio de la resolución número 1 de fecha 15 de febrero de 2012, disponiendo la suspensión de la aplicación del Decreto Nº 1339/11.

Esta medida del STJ viene a poner un poco de justicia sobre el constante avasallamiento que el gobierno provincial realiza sobre algunos municipios adversos a “su política”.


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