Respondiendo a una necesidad judicial de brindar un destino
a menores en situación de vulneración de derechos, que pueda a su vez librarlos
de la institucionalización permanente, desde la Secretaría de Promoción Humana
fue diseñado el programa para el que se reciben ya inscripciones de las
familias interesadas en formar parte del Registro de Familias Sustitutas.
La Directora de Programas Sociales de la comuna local, la
asistente social Eva Daris, era quien iniciaba la presentación de este
programa. Lo hacía abriendo el diálogo en las instalaciones de la Estación del
Este, en la jornada del jueves 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer,
motivo por el cual lo hacía transmitiendo los saludos tanto del intendente como
de la Secretaria de Promoción Humana, y agradeciendo por la respuesta a esta
invitación,
Recopilando el modo en que se comenzó a trabajar en el diseño de este programa,
indicó “Debemos decir que recibimos varios oficios desde el Juzgado haciendo
hincapié en el pedido de atención de niños vulnerados en sus derechos, que se
encontraban en esta situación desde hacía largos años sin que ningún gobierno
municipal se ocupara de este asunto”.
“La decisión de atender estos oficios desde el gobierno
municipal incluyó cursos de acción para solucionar este tipo de situaciones, de
manera inmediata., como fue la nueva puesta en marcha del Hogar de Tránsito Aromito. En este lugar, se encuentran hoy
albergados cinco chicos siendo atendidos por personal idóneo contratado por la
municipalidad, brindándoles atención en todas sus necesidades”, sostuvo luego.
La propuesta de este programa fue elaborada en el marco de
la Convención de los Derechos de los Niños, de la Ley 26.021 de Protección
Integral de Niñas, Niños y Adolescentes y de la Ordenanza Municipal 2180/11, la
norma que era necesaria para su funcionamiento específico en la ciudad de Monte
Caseros.
”Al respecto, quiero hacer aquí, un apartado para destacar
que del oficio recibido en el mes de abril del 2010, desde la Secretaría de
Promoción Humana acompañando el compromiso del gobierno municipal, se realiza
la propuesta y se eleva al ejecutivo municipal en junio del 2010. De manera
inmediata este lo eleva al Concejo Deliberante para su tratamiento pero, sin
embargo, y lamentablemente, esto estuvo durmiendo en un cajón hasta el mes de
septiembre del año 2011 cuando, tras permanecer dormido 19 meses, este proyecto
logró ser tratado y aprobado en el llamado a sesiones extraordinarias realizado
por el departamento ejecutivo”, indicó Eva Daris.
Al mismo tiempo relató que los chicos que en ese momento
fueron recibidos y atendidos en Aromito continúan aguardando una definición de
la Justicia, y que esta, es ahora una herramienta que tiene la Justicia para
que puedan volver a estar en el seno de una familia que los cobije y proteja.
“Para nosotros es un día muy importante, ya que hemos
luchado mucho para esto. Por ello al hablar de inclusión, de derechos, de lucha
por igualdad, pareció este (el día de la mujer) un momento muy importante para
poder presentar el Programa. De ahora en más, si bien se están realizando las
cuestiones administrativas, reglamentos y protocolos de trabajo para el
programa, ni bien fue aprobada la ordenanza desde la Secretaría de Promoción
Humana comenzó el trabajo para ello, inclusive con la conformación de un equipo
interdisciplinario, compuesto por profesionales, quienes con su trabajo
llevarán adelante el programa”, afirmó
TRABAJO INTERDISCIPLINARIO
Lo cierto es que aquellas en brindar atención y cuidado a
estos chicos, tienen ya la posibilidad de acceder al Registro de Familias
Sustitutas, lo que pueden realizar en el Centro Integrador Comunitario, calles
Belgrano y El Maestro, donde serán atendidas por las profesionales.
Florencia Perez Moiraghi, abogada, integrante del equipo técnico de Promoción Humana a
cargo del área de menores en riesgo y violencia familiar se refirió a este, el
Programa de Familias Sustitutas, enfáticamente “como una medida de protección de
menores en riesgo, de una promoción de derechos excepcional, elaborada en el marco de la
Convención de los Derechos de los Niños, de la Ley 26.021 de Protección
Integral de Niñas, Niños y Adolescentes y de la Ordenanza Municipal 2180/11”
Puntualizó luego enérgicamente “En el caso de las familias
sustitutas, se trata de una medida excepcional, ya que el espíritu de la ley
establece que los niños deben tener como principal objetivo una relación con su
familia de origen, se tiene que fortalecer ese vínculo pero en ciertos caso, y
cuando el Juez así lo establezca, se podrá insertar a los niños en una familia
sustituta, cuyo registro llevaremos”
La trabajadora social Rocío Campestrini, integrante también
de este equipo de trabajo, introducía en la definición de la familia sustituta
(La familia sustituta es
aquella que, no siendo la familia de origen, acoge, por decisión judicial a un
niño o a un adolescente privado permanente o temporalmente de su medio
familiar, ya sea por carecer de padre o madre, o porque estos se encuentren
afectados en la titularidad de la patria potestad, en el ejercicio de la guarda
o tenencia de los menores).
Se refirió también al
principal objetivo del programa “Evitar la institucionalización permanente de
niñas, niños y adolescentes; buscando su inclusión en familias que garanticen
el cumplimiento de sus derechos; un grupo familiar que asegure la satisfacción
de sus necesidades básicas (alimento, vestimenta, salud, educación); que se
encuentre en un ámbito donde se fomenten valores, hábitos, usos y costumbres
pero respetando siempre la identidad y el origen cultural del niño. Siempre se
tiene que respetar la familia de origen, y también en el reglamento se
establece debe sostenerse siempre el contacto del niño con su familia de origen
e incluso, en el caso de que se trate de hermanos, la prioridad es sostenerlos
juntos”
“El interés superior del niño está establecido en todas las
normativas en que se basa este programa. El bienestar tanto físico, como
social, como psicológico, como psíquico, en toda su integridad, siempre el
bienestar superior del niño, primando ante cualquier situación de adultos o que
se pueda dar: siempre el interés superior del niño”, acentuó luego nuevamente
la Dra. Perez Moiraghi.
Se compartían luego requisitos generales para integrar el
Registro de Familias Sustitutas, explicando que a estas se aplica luego el
estudio y diagnóstico puntual de las familias que se postulan, quienes en reglas
generales podrán ser: matrimonios, uniones de hecho, y/o personas solas; con capacidad
edilicia; trabajo/ ingreso fijo; menores de 6o años y con condiciones de salud
adecuadas
El programa está destinado a menores, de cero a 18 años, y
el equipo técnico de Promoción Humana puede solamente proponer la inclusión de
menores en el programa, pero es siempre el Juez de Menores, el Juez Civil quien
decide, y determina, la inclusión en el mismo. Lo que puede ocurrir en las
ocasiones en que los menores carezcan de
uno o ambos progenitores; por estar uno
o ambos de sus padres implicados en delitos contra la integridad del menor; por
contar con alguno o ambos padres privado
de su libertad; por abandono y/o negligencia de los adultos a su cargo y/o cuando el equipo técnico considere que deben
ser apartados de su familia biológica o
de quienes fueran sus responsables y se de comunicación al juzgado o ministerio
pupilar.
“Esta es una tarea judicial, de ninguna manera, de motus
propio puede la Secretaría de Promoción Humana incluir a ningún niño en este
programa”, remarcaron finalmente
El equipo técnico analizará las situaciones planteadas desde
el juzgado, desde instituciones que trabajan de manera diaria con los niños, y
que pudieran ser detectadas desde Promoción Humana.
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