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REPRODUCCIÓN MÉDICAMENTE ASISTIDA: Finalmente comenzamos a saldar una deuda social




Hace veintisiete años se iniciaba el reconocimiento de un derecho fundamental para todo ser humano: el derecho a ser madre o padre independientemente de obstáculos o dificultades que la naturaleza, enfermedades preexistentes o cualquier otro motivo hubieran interpuesto y sobre todo, sin importar diferencias de clase social, sexo, estado civil, orientación sexual o edad.




La media sanción de esta Ley garantiza el acceso de la población a procedimientos y técnicas de reproducción médicamente asistida y forma parte de una serie de medidas que el Gobierno Nacional y sus Diputados hemos estado trabajando para garantizar los derechos individuales de todas y todos como la asignación universal por hijo, el matrimonio igualitario o la ley de identidad de género, entre otras. 


Antes de ayer, miércoles 27 de junio, los Diputados de la Nación, en forma transversal y tras haber logrando un amplio consenso oportunamente forjado en la Comisión de Salud Pública y Acción Social que me toca presidir, decidimos saldar una “deuda social” votando una Ley inclusiva, equitativa y socialmente responsable que busca ayudar al 16,6% de los ciudadanos y ciudadanas argentinas con su deseo de acceder a la paternidad y maternidad. 


El proyecto de Ley aprobado en el recinto de Diputados incorpora sólo algunos puntos fundamentales, pero suficientes para poner en marcha esta rueda con el objetivo de  garantizar el acceso integral a los procedimientos y técnicas médico asistenciales de reproducción asistida. Esta definición excede ampliamente el concepto economicista de la mera cobertura, o el antiguo concepto reduccionista que lleva a la infertilidad a ser exclusivamente sinónimo de la palabra “enfermedad”.

En el caso particular de los artículos que atienden el tema de la cobertura, hemos pensado en el alcance de esta última desde una definición de “política pública” vinculada con la equidad en el acceso a los avances científicos y el goce de la salud.

El nivel de cobertura que hemos especificado a través de los diferentes artículos alcanza los procedimientos de reproducción médicamente asistida reconocidos por la Organización Mundial de la Salud. Incluyendo los de baja complejidad o también RMA, reproducción médicamente asistida y los de alta complejidad, llamados TRA, técnicas de reproducción asistida determinadas por la manipulación de gametos femeninos o masculinos o de embriones. Asimismo, se consideran el abordaje diagnóstico, medicación y asistencias complementarias.

Debemos resaltar que, dados los reclamos y la participación de las distintas organizaciones de la sociedad civil, la cobertura no se limita a las técnicas enumeradas sino que abarca a todas aquellas que se puedan incorporar en el futuro como resultado de avances científicos y que sean aprobadas por el Ministerio de Salud de la Nación como organismo de aplicación. El Estado interviene activamente, en este caso, para democratizar el acceso a las tecnologías reproductivas.
Hemos dado media sanción a una Ley que pretendemos asegure derechos sociales inclusivos a partir de la democratización del acceso a tecnologías reproductivas, abarque a todas las poblaciones y tienda a paliar las asimetrías regionales con el objetivo final de garantizar a toda persona el derecho a procrear, tener hijos y formar una familia bajo todas sus formas y tipos.

Somos todos conscientes que el trabajo aún no está terminado y que hace falta que el Senado trate y apruebe este proyecto; después nos tocará también a ambas Cámaras aprobar el nuevo Código Civil,  en donde serán tratadas otras temáticas tales como la identidad y la filiación. En la Cámara de Diputados de la Nación, después de muchos años de gestación, democráticamente y con consenso hemos parido.


Dra. María Elena Chieno.
Diputada Nacional, Presidente de la Comisión de Salud Pública y Acción Social
Publicado en Tiempo Argentino



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