El poder legislativo provincial, teniendo en cuenta los
instrumentos puestos a disposición para que a sociedad se comunique con los
servicios de emergencia y reconociendo la necesidad de respuestas inmediatas
ante urgencias, busca mitigar y penar a partir de la sanción de la Ley Nº
6.111, las llamadas falsas.
Esta iniciativa apunta a generar conciencia y
responsabilidad en la utilización de los servicios de emergencia911, 107, 105,
103 y otros, ante la escalada de bromistas que llamaban realizándolas
denominadas “falsas alarmas”. La ley tiene por fin sancionar a los ciudadanos
“bromistas”, ya que, lejos de ser inofensivas, las llamadas falsas hacen que se
desperdicien recursos públicos e impiden, que quienes realmente necesiten
comunicarse, no puedan hacerlo ante una situación de crisis o emergencia.
La Ley Nº 6111 establece modificaciones al Código de Faltas
de la Provincia, y prevé sanciones para los “bromistas”, que van desde el pago
de multas hasta el arresto y la suspensión del servicio de telefonía, sea móvil
o fija.
La norma señala que las sanciones serán “no inferiores a 5
UM y no superiores a 50 UM y arresto de hasta 30 días”. Agrega también que en
los casos en los que las llamadas se hagan de líneas de personas físicas, podrá
solicitarse la suspensión de la línea hasta por 2 años. Para que quede claro el
motivo, la compañía telefónica deberá poner una grabación que indique que la
suspensión se debe a la “falsas llamadas a los servicios de emergencias”.
Se espera que la nueva normativa, ya en vigencia, desaliente
a quienes creen que es un chiste válido hacer falsas llamadas a los servicios
de emergencias, pero también ayude a crear conciencia de que existen para
responder a necesidades reales.
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