Días pasados el Gobierno provincial declaró la emergencia apícola para todo el territorio provincial según dice el decreto “Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario en todo el territorio provincial por los eventos meteorológico de heladas ocurrido durante los días 6, 7, 8 y 9 de junio de 2012, escasez de precipitaciones durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2012 e intensas precipitaciones en el mes de octubre de 2012, exclusivamente para el sector apícola por el término de un ario, a partir del 1 de noviembre de 2012”.
Reproducimos a continuación el decreto completo:
VISTO:
El Expediente N° 500-008033/2012, del registro del Ministerio de Producción, Trabajo y Turismo, caratulado:" ING. AGR. LUIS ALMIRÓN-UPDP-REF: EXTENDER EMERGENCIA AGROPEUARIA PARA EL SETOR APICOL A EN TODO EL TERRITORIO PROVINCIAL",
CONSIDERANDO:
La Ley Nacional N° 26.509, Ley Provincial N° 5978 y los Informes técnicos presentados por el Ministerio de Producción, Trabajo y Turismo respecto de los daños ocasionados al sector apícola de la provincia de Corrientes, por los eventos climáticos ocurridos durante los meses junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2012, y
Que los eventos climáticos que ocasionaron daños en explotaciones ubicadas en el área de toda la provincia, han sido la ocurrencia, en junio, los días 6, 7,8 y 9 de heladas con temperaturas de hasta -8.0 'V y durante varias horas que afectaron gravemente la floración de los montes nativos y en agosto de los cultivos citrícolas, por lo cual hubo una notable escasez de flujo de néctar que permitieran el trabajo de las abejas. Durante julio, agosto y septiembre, además del frío, se sumó la falta de lluvias, con lo cual la escasez de floración de todo el monte, se agravó aún más. Asimismo, las abundantes precipitaciones de octubre produjeron el lavado del néctar de las pocas flores que se abrieron durante esta primavera, profundizando las pérdidas en el territorio provincial.
Que la apicultura depende en forma exclusiva de la flora melifera — polinífera; y la misma de las condiciones meteorológicas, principalmente en cuanto al régimen pluviométrico, escasez de néctar, fuga de colmenas y hasta incendios en algunos casos.
Que oportunamente ha deliberado la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria para el tratamiento de las pérdidas del sector citrícola.
Que las características de las pérdidas se encuadran en las normas establecidas en la Ley Nacional N° 26509 y la Ley Provincial N° 5978 de Emergencia Agropecuaria, debiendo declararse Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario.
Por ello y atento a las facultades conferidas por los artículos 1 y 2 de la Constitución de la provincia de Corrientes
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA
///... ARTÍCULO 1°:. DECLARAR el Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario en todo el territorio provincial por los eventos meteorológico de heladas ocurrido durante los días 6, 7, 8 y 9 de junio de 2012, escasez de precipitaciones durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2012 e intensas precipitaciones en el mes de octubre de 2012, exclusivamente para el sector apícola por el término de un ario, a partir del 1 de noviembre de 2012.
ARTÍCULO 2": ENCOMIENDASE al Ministerio de Producción, Trabajo y Turismo el análisis de la situación de cada productor afectado y la emisión del correspondiente Certificado de Emergencia Agropecuaria o Desastre Agropecuario, en los casos que correspondan
ARTÍCULO 3°: LOS beneficios a otorgar por la provincia de Corrientes a los productores afectados y que acrediten su condición de tal mediante presentación del Certificado de Emergencia Agropecuaria serán los siguientes: Prórroga de vencimientos de impuestos y créditos provinciales, asistencia técnica y financiera.
ARTÍCULO 4°: LOS beneficios previstos en el artículo anterior serán a partir del 01 de noviembre de 2012.
ARTÍCULO 5": EL presente decreto es refrendado por los Ministros de Producción, Trabajo y Turismo y de Hacienda y Finanzas.
ARTÍCULO 6".COMUNiQUESE, regístrese y archívese
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