Desde
entidades que promueven el aborto, reiteraron la negativa de provincias a
instrumentar protocolos para abortos no punibles. Corrientes mantiene su
postura negativa a implementarlo
En un fallo histórico emitido hace poco más de un año, la
Corte Suprema de Justicia de la Nación, intérprete final de la Constitución
Nacional, se pronunció respecto de los alcances del supuesto legal para
interrumpir el embarazo en casos de violación.
En el caso se discutía si el Código Penal habilitaba
únicamente el aborto cuando la víctima padecía una discapacidad
intelectual/psico-social (interpretación restrictiva), o si la opción estaba
disponible para cualquier mujer víctima de abuso (interpretación amplia).
Tras fijar el alcance de la norma cuestionada, la Corte fijó
distintas pautas de implementación para asegurar el acceso efectivo a los
abortos legales y la vigencia de los derechos humanos de las mujeres.
El Tribunal consideró que el Estado, como garante del
sistema de salud pública, debe asegurar las condiciones necesarias para que los
abortos no punibles se lleven a cabo de manera rápida, segura y accesible, y
exhortó a las autoridades nacionales y locales a implementar y hacer operativos
protocolos hospitalarios de atención de los abortos no punibles.
Luego del fallo de la Corte Nacional a nivel país existen
niveles dispares de adhesión o cumplimiento de la solicitud de protocolos.
De acuerdo a un informe nacional reciente, son varias las
provincias que cuentan con protocolos de actuación; sin embargo, no todas esas
regulaciones cumplen con los estándares fijados por la Corte Suprema.
Entre los protocolos que se ajustan a lo dispuesto por la
Corte se encuentran los de Chaco, Chubut, Jujuy, Santa Fe y Tierra del Fuego.
Algunas de estas provincias adhirieron a la Guía Técnica de Atención Integral
de los Abortos No Punibles, en su versión actualizada de 2010, redactada por el
Ministerio de Salud de la Nación.
Por otro lado, Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos
Aires2, Córdoba, Entre Ríos, La Pampa, Neuquén, Río Negro y Salta también
cuentan con regulaciones en la materia, pero incluyen aspectos que contrarían
la interpretación constitucional brindada por la Corte Suprema.
Así, esas provincias incorporan requisitos ilegales para el
acceso a la interrupción del embarazo, como, por ejemplo, la intervención de un
equipo interdisciplinario, refrenda de alguna autoridad, restricciones sobre
los organismos que deben brindar la asistencia, falta de publicidad de los
profesionales objetores de conciencia, falta de mecanismos claros sobre quién
debe realizar la práctica en caso de objeción de conciencia, entre otras
deficiencias.
En tanto, once provincias carecen por completo de protocolos
de actuación, entre las cuales se incluye Corrientes.
Las provincias sin protocolos además de Corrientes son
Catamarca, Formosa, La Rioja, Mendoza, Misiones, San Juan, San Luis, Santa
Cruz, Santiago del Estero y Tucumán.
La falta de protocolos de actuación y la previsión de
requisitos ilegítimos en algunas guías constituyen en sí mismos mayores
obstáculos para que las mujeres puedan interrumpir la gestación en los casos
permitidos.
En el caso de Corrientes, desde el Ministerio de Salud se
mantiene la postura de que no puede reglamentarse el aborto no punible a través
de protocolo, sino que debe hacerse mediante una ley.
Pero además de no adherir al protocolo, Corrientes se
declaró “Pro-Vida” tiempo atrás, declaración dentro de la cual se incluye la
negativa al aborto. MOMARANDU
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