La Nueva norma que lleva el Nº 797/12, Decreto del
Poder ejecutivo, pasa a ser reglamentario de Estatuto del Docente en
materia de valoración de títulos y antecedentes, rige para los niveles
primario, inicial y secundario y será puesto en vigencia a partir de padrón año
2014.
Con la participación de representantes de todos los niveles
y modalidades, y de los gremios docentes de la provincia de Corrientes, se
impulsó desde la Dirección del Nivel Superior una norma única que se ajustara a
los nuevos requerimientos que en materia de formación continua se imponen desde
el Consejo Federal de Educación, como producto del Acuerdo de los ministros de
educación de todo el país. Rige para los docentes de los niveles inicial,
primario y medio
EL Decreto de referencia propone una misma
grilla de valoración para los niveles primario, inicial y secundario, evitando
una mirada fraccionada del sistema educativo, Valoriza la capacitación de los
docentes, postítulos y posgrados. Entre otros topes propone un
máximo de tres puntos valoración de cursos por año calendario desactivando así
la carrera por los cursos a se vio impulsado el docente en los últimos años.
Las Juntas de clasificación de ambos niveles son las
encargadas de instrumentar y aplicar el mencionado Decreto en la valoración
correspondiente al Padrón del año 2014.
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