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OBLIGATORIO A PARTIR DEL 18 DE NOVIEMBRE: Apoderados de jubilados del IPS que cobran sus haberes, deberán bancarizarse




A partir de un convenio suscripto entre el Banco de Corrientes y el Instituto de Previsión Social de la provincia –IPS-, se dispuso que los apoderados de jubilados y pensionados que cobran los haberes de los mismos, deberán bancarizarse para poder percibir el beneficio de sus mandantes.

 

El trámite es obligatorio y se cumplirá en las sucursales del interior donde se encuentran registrados. En la capital, será en la sede del Centro Único de Pagos –CUP- 9 de Julio 1363. Deberá realizarse en las fechas indicadas en el cronograma elaborado a ese fin. En todos los casos se deberán concurrir conjuntamente afiliado y apoderado.

“Debido a la intención del Banco juntamente con el IPS de no generar una demora en la percepción de los haberes, se ha resuelto que el procedimiento se lleve a cabo en grupos determinados por la terminación del documento”, se señala.

La agenda de bancarización será la siguiente:

1.            Noviembre (a partir del 18/11/2013) documentos terminados en 0 (cero) y 1 (uno).
2.            Diciembre (a partir del 01/12/2013) documentos terminados en 2 (dos) y 3 (tres).
3.            Enero (a partir del 01/01/2014) documentos terminados en 4 (cuatro) y 5 (cinco).
4.            Febrero (a partir del 01/02/2014) documentos terminados en 6 (seis) y 7 (siete).
5.            Marzo (a partir del 01/03/2014) documentos terminados en 8 (ocho) y 9 (nueve).



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