A partir de un convenio suscripto entre el Banco de
Corrientes y el Instituto de Previsión Social de la provincia –IPS-, se dispuso
que los apoderados de jubilados y pensionados que cobran los haberes de los
mismos, deberán bancarizarse para poder percibir el beneficio de sus mandantes.
El trámite es obligatorio y se cumplirá en las
sucursales del interior donde se encuentran registrados. En la capital, será en
la sede del Centro Único de Pagos –CUP- 9 de Julio 1363. Deberá realizarse en
las fechas indicadas en el cronograma elaborado a ese fin. En todos los casos
se deberán concurrir conjuntamente afiliado y apoderado.
“Debido a la intención del Banco juntamente con el
IPS de no generar una demora en la percepción de los haberes, se ha resuelto
que el procedimiento se lleve a cabo en grupos determinados por la terminación
del documento”, se señala.
La agenda de bancarización será la siguiente:
1. Noviembre
(a partir del 18/11/2013) documentos terminados en 0 (cero) y 1 (uno).
2. Diciembre
(a partir del 01/12/2013) documentos terminados en 2 (dos) y 3 (tres).
3. Enero
(a partir del 01/01/2014) documentos terminados en 4 (cuatro) y 5 (cinco).
4. Febrero
(a partir del 01/02/2014) documentos terminados en 6 (seis) y 7 (siete).
5. Marzo
(a partir del 01/03/2014) documentos terminados en 8 (ocho) y 9 (nueve).
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