Se pudo conocer en los últimos días la designación del
periodista Jorge Daniel Follonier, ex candidato a intendente y Presidente local
del partido Compromiso Correntino, al frente del área de Defensa del Consumidor
de la comuna.
La vasta trayectoria del periodista en cuanto a reclamos
como los olores de Alur o el agua potable serán seguramente una base solidad
para encauzar los reclamos que en la actualidad tanto preocupa a la ciudadanía.
Si bien el reciente organigrama municipal, aprobado por el Concejo, creó la Direccion de Defensa del Consumidor el mismo no especifica funciones ni atribuciones de la misma pero en las generales de la ordenanza dice:
ART. 17°: Compete a las direcciones y demás dependencias del Departamento Ejecutivo Municipal y de las Secretarías, intervenir en todos los asuntos de competencia de las mismas, que le sean atribuidas por los reglamentos orgánicos o por el titular del Departamento Ejecutivo o de la Respectiva Secretaría.
ART. 18°: El Departamento Ejecutivo, conforme lo establecido en el inciso 7 del artículo 40 de la Carta Orgánica Municipal, determinará las funciones, organización y estructura de cada Dirección conforme las funciones de las distintas Secretarías y las que competen al DEM en orden a las Funciones Municipales del art. 8° de la Carta Orgánica Municipal, estableciendo las coordinaciones, departamentos, divisiones y secciones de cada una, así como sus respectivas funciones y atribuciones.
Si bien el reciente organigrama municipal, aprobado por el Concejo, creó la Direccion de Defensa del Consumidor el mismo no especifica funciones ni atribuciones de la misma pero en las generales de la ordenanza dice:
ART. 17°: Compete a las direcciones y demás dependencias del Departamento Ejecutivo Municipal y de las Secretarías, intervenir en todos los asuntos de competencia de las mismas, que le sean atribuidas por los reglamentos orgánicos o por el titular del Departamento Ejecutivo o de la Respectiva Secretaría.
ART. 18°: El Departamento Ejecutivo, conforme lo establecido en el inciso 7 del artículo 40 de la Carta Orgánica Municipal, determinará las funciones, organización y estructura de cada Dirección conforme las funciones de las distintas Secretarías y las que competen al DEM en orden a las Funciones Municipales del art. 8° de la Carta Orgánica Municipal, estableciendo las coordinaciones, departamentos, divisiones y secciones de cada una, así como sus respectivas funciones y atribuciones.
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