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CONTRADICTORIO POR DONDE SE LO MIRE: Olivieri admitió despidos pero culpó de ello a otras personas


 
La mayoría del listado despedido está compuesto por mujeres. Con respecto a la edad, gran parte supera los cincuenta años. Algunos fueron inducidos a firmar, bajo engaño.  Todos, son peronistas -“Tenian informes negativos de sus superiores y de vecinos, por lo tanto tomamos la determinación de sacarlos de planta permanente”  le confío el intendente Miguel Olivieri  a un medio  local. Para confundir todavía más agregó  “Desmiento totalmente el despido de empleados".

Real Academia Española, despedir: Alejar, deponer a alguien de su cargo, prescindir de sus servicios. Decisión del empresario por la que pone término a la relación laboral que le unía a un empleado.


Para partir desde la objetividad, algo tan incuestionable como la definición del despido. Y desde allí, los hechos que, por supuesto serán subjetivos, aunque con las mismas contradicciones y el mismo, tristísimo, resultado vergonzoso. 


Dijo el jefe comunal “En el municipio durante mi gestión no hubo ni va haber (NdeR: ha haber) ningún despido, salvo en algún caso extremo que este justificado. Lo que ocurrió fue, que todas esa personas que en el mes de junio de 2013 fueron nombrados a planta permanente, estuvieron a prueba durante un año hasta el 30 de junio de este 2014, algunos de ellos tenían informes negativos de sus superiores y en otros casos de vecinos de la ciudad, por lo tanto tomamos la determinación de sacarlos de planta permanente y pasarlos a contratados hasta que se los reubique en otros lugares del municipio. Desmiento totalmente el despido de empleados. Por causa de la crisis económica de nuestro país, es imposible que alguien tenga la desfachatez de despedir a una persona. A todos los empleados afectados los reuní en mi oficina y les plantee la situación, solicitándoles que manifiesten si querían continuar de esta manera y con el mismo sueldo”, charlando con MConline.


Y se va sintiendo más confiado –sabiéndose nunca cuestionado por el medio- “Estamos trabajando como lo prometimos en la campaña, con SENSIBILIDAD SOCIAL, ya que dimos la palabra de que mejoraríamos la calidad vida de los empleados”, agrega. (NdR: las mayúsculas corresponden a Diario del Bicentenario)


HAY FAMILIAS CON 6, 7 HIJOS….

Trabajo, trabajo, trabajo. Es el tema que se repite en la charla infomal con los trabajadores despedidos y también en las entrevistas con los periodistas. Y es todo lo que fue siempre su vida: trabajo, màs trabajo, hijos y trabajo, y màs trabajo. Y ahora el vacio.


No son espectadores. Son protagonistas. La mayoría son mujeres, ninguna tiene veinte años…. Lloran, se ríen, lo hacen todos al mismo tiempo… Se juntan superando tristeza, certeza, depresión, temor… Los moviliza la desilución. El sentirse estafados de un modo que todavìa ni siquiera ellos mismos creen.

Poderosas desde la fuerza que las movilizó toda su vida, y pobres si se descubre el contenido de sus bolsillos. En promedio tenìan un sueldo de $1.200.- (mil doscientos pesos mensuales), que les cortaron sin ningùn tipo de preaviso. (¿Esto serà lo que llaman algunos SENSIBILIDAD SOCIAL?). Claro que no alcanzaba, nunca alcanzaba. Además, son –y fueron- niñeras, domésticas, lo que aparezca… ¿Qué las une? Animar a que el miedo no conquiste a sus compañeras y compañeros, padres como ellas, de familias numerosas, de hasta siete hijos, que ya no tienen ninguna otra seguridad que el no saber cómo llevaran ahora el plato de comida hasta sus mesas. 


Algunos son contratos extinguidos, prolongados en el tiempo de hasta màs de quince años. Otras relaciones contractuales que llegaron a tèrmino y no se renovaron. Hay tambièn una mezcla de contratos de muchisimos años que luego recibieron el pase a planta permanente, que ahora se anula. Todos ellos son, al entender de la Real Academia Española –y del sentido comùn- , despidos. 


Hay casos en que se conserva una esquelita de dos renglones, que constituye “el aviso”. Tambièn –en los casos màs recientes-, “la cèdula” que se transcribe màs abajo para que cada quien saque sus conclusiones.  Quien era el Jefe de Personal se lo enteraron leyendo la nota, que fue entregada de maneras bastante … llamesmole… “curiosas”…. “Me dijeron que tenìa que firmar para cobrar… y firmè”… “Me pidieron la firma para cobrar la escolaridad….”, algunas de las metodologìas que relatan, se aplicaron al momento de obtener la ansiada firma de notificaciòn. 


Miguel Olivieri no lo va a admitir como nada màs que una “casualidad”, pero de los reunidos TODOS son abiertos y orgullosamente peronistas. ¿Casualidad? Casualidad debe ser que esta gente humilde, vulnerable, trabajadora, frontal, digna –y peronista, se le haya notificado en su mayorìa en fechas emblemáticas como el 1º de mayo (dìa del Trabajo y del trabajador), y el 1º de julio (aniversario dell fallecimiento de Juan Domingo Peròn)

 

LA CEDULA

A los empleados apartados de la Planta Permanente, si quieren se los coloca en la la nòmina de contratados. “Por dos o tres meses nomàs…. Despues le ponen de nuevo en planta….”. ¿Quién lo cree? Nadie.  Y eso es antes de que se enteren lo que màs tarde vemos publicado, donde habla de ” los informes negativos”, de los que nadie habló… las “supuestas quejas” que nunca les fueron notificadas. 


Muy prolija la cédula. Linda en su redacción. Con el sello incoherente de la gestiòn. “De la evaluación efectuada fs. 03, el desempeño del mismo no convence a este D.E”, desliza como motivo, pero unos pàrrafos luego “contempla la posibilidad de que el mismo continúe vinculado al Municipio bajo la modalidad de personal contratado de modo que permita en el futuro –y a través de una posible evolución de sus condiciones y capacidades personales que se adecuen mejor a las necesidades del Municipio- volver a considerar su ingreso a la planta permanente del personal municipal”…. ¿Es malo para el trabajo si està en planta pero bueno si es contratado? ¿No se puede superar salvo que lo despidan?... En el mejor de los casos… sobran los interrogantes sin respuesta, y aunque hoy diga que los iba a reubicar, los trabajadores dicen que los que recibieron esta propuesta, se les “aseguro” que se les conservarìa el sueldo y el lugar de trabajo….

 

DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL

 

CEDULA DE NOTIFICACION

Monte Caseros, 27 de junio de 2014



Sr. (nombre, apellido, dirección del notificado)

 

SE LE HACE SABER A UD. que el Departamento Ejecutivo Municipal procedió al dictado de la Resolución Nr. 74 de fecha 26 de junio de 2014, la que para su conocimiento y demás efectos legales a continuación se transcribe:



“DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL

RESOLUCION Nº 74

VISTO:

El decreto Nr. 95/13 de fecha 12 de julio de 2013; la Ordenanza Nr. 255, el Art. 240 incisos 7º y 8º de la Carta Orgánica Municipal, y;

CONSIDERANDO:


Que, a traves , de la normativa indicada, se procede a incorporar retroactivamente como Personal de la Planta Permanente de la Municipalidad a la Sr.  (nombre y apellido del notificado) a partir del 1º de julio del 2013;


Que, a partir del nombramiento señalado, comenzó a transcurrir el período de prueba del citado personal durante el término de 1 año, a cuyo término el personal adquiere la estabilidad laboral y el derecho a conservar su empleo, conforme a lo establecido por el art. 8º de la Ordenanza Nr. 255,


Que, la persona comprendida en el Decreto Nr.95/13 no goza de estabilidad laboral en el cáracter de Personal de Planta Permanente en virtud de lo dispuesto en la Ordenanza Nr. 255/81, Art. 4º. Por lo que el DEM considera pertinente efectuar con antelación a la adquisición de la estabilidad referida, los análisis y valoraciones necesarias respecto de dicho personal.


Que, conforme a lo normado en el Art. 40 incisos 7º y 8º de la Carta Orgánica Municipal, el intendente Municipal ejerce la superintendencia del personal municipal y tiene la facultad de nombrar y remover a los empleados y funcionarios de la administración a su cargo


Que, este D.E. procedió a evaluar el desempeño del agente durante dicho período, a efectos de considerar sobre dicha base, tanto si el agente a prueba merece integrar la planta permanente del personal municipal en forma definitiva, como también la conveniencia o inconveniencia que reviste para el Municipio contar con el citado agente dentro de la planta permanente de su personal.


Que, en el caso concreto del agente  (nombre y apellido del notificado), conforme se desprende de la evaluación efectuada fs. 03, el desempeño del mismo no convence a este D.E. de merecer ser mantenido dentro de la Planta Permanente del Personal municipal, como tampoco de que ese mantenimiento resulte conveniente para el Municipio.


Que, es facultad y a la vez deber del este D.E., administrar los recursos del municipio de manera eficiente, propendiendo a que la disposición de los mismos permita el mejor funcionamiento de la estructura municipal y, consecuentemente, satisfaga en la mayor medida posible las necesidades de la población.


Que, la medida que por este acto se expone no vulnera derechos subjetivos del administrado y considera –además- efectos positivos en cuanto al eventual interés particular del agente, por cuanto contempla la posibilidad de que el mismo continúe vinculado al Municipio bajo la modalidad de personal contratado de modo que permita en el futuro –y a través de una posible evolución de sus condiciones y capacidades personales que se adecuen mejor a las necesidades del Municipio- volver a considerar su ingreso a la planta permanente del personal municipal.


Que, previo al dictado del presente acto se dio intervención al servicio de asesoramiento jurídico a cargo del Asesor Letrado  Municipal, cuyo dictamen luce a fs.04


Por ello,

EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO

RESUELVE:

Art.1ª REVOCAR y dejar sin efecto el nombramiento en Planta Permanente del agente (nombre, apellido y documento del notificado) efectuado por Decreto N r. 95 de fecha 12 de julio de 2013

Art. 2ª HACER saber al agente que si resulta de su interés, cuenta con la posibilidad de continuar vinculado al Municipio bajo  la modalidad de personal contratado a los efectos y bajo las condiciones señalados en el penúltimo párrafo de los Considerandos del presente 


Art.3ª ELEVAR copia de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda; Jefatura de Personal y Legajo de personal a los efectos legales pertinentes 


Art. 4ª COMUNICAR al agente (nombre y apellido del notificado) mediante Cédula u otro medio fehaciente que será suscripta y diligenciada por el Sr. Jefe de Personal en el lugar de trabajo del Agente o en su defecto en su domicilio


MONTE CASEROS, 26 de junio de 2014”

Fdo. CPN Miguel Angel Olivieri, Intendente Municipal, Daniel Omar Cristaldo, Secretario de Gobierno



Se pone en vtro. conocimiento que a partir de la notificación del acto administrativo transcripto, cuenta Ud. con el plazo de 10 (diez) días para la interposición del Recurso de Revocatoria .

QUEDA UD. FORMALMENTE NOTIFICADO.


Firma y sello original de Campodonico, Jefe de Personal Municipalidad de Monte Caseros

1º de julio de 2014

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