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POLITICA NACIONAL: La eventual intervención de Tucumán tiene que ser dispuesta por el Congreso

La eventual intervención de Tucumán tiene que ser dispuesta por el Congreso
El Poder Ejecutivo no puede intervenir una provincia a menos que el Parlamento esté en receso. El kirchnerismo tiene los votos para hacerlo.

La probabilidad de que la Legislatura y el Poder Ejecutivo de Tucumán queden acéfalos debido a la anulación de las elecciones despertó la hipótesis de la eventual intervención federal de ambos poderes del Estado por parte de la Casa Rosada.

Así lo sugirió el propio jefe de Gabinete. “Material para discutir la intervención existe, pero primero hay que ir por la vía judicial”, indicó Aníbal Fernández en alusión a la negativa del kirchnerismo de repetir las elecciones, a la apelación del fallo de la Cámara Contencioso Administrativo ante la Cámara de Casación y a la posible intervención del máximo tribunal de Tucumán o de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Para que no exista una situación de acefalía, la controversia debería saldarse antes del 28 de octubre, día en que debe efectuarse el cambio de Gobierno y la renovación de la composición política de la Legislatura tucumana.

Sin embargo, las versiones trascendidas en diversos medios de comunicación omitieron señalar que, en última instancia, la decisión de la intervención federal recae sobre el Congreso de la Nación, de acuerdo con lo establecido por la Constitución Nacional.

El artículo 6° de la Carta Magna habilita al Gobierno federal a intervenir “en el territorio de las provincias para garantir la forma republicana de gobierno o repeler invasiones exteriores, y a requisición de sus autoridades constituidas para sostenerlas o restablecerlas, si hubiesen sido depuestas por la sedición, o por invasión de otra provincia”.

Pero el inciso 20 del artículo 99, precisa que el PEN solo “decreta la intervención federal a una provincia o a la Ciudad de Buenos Aires en caso de receso del Congreso, y debe convocarlo simultáneamente para su tratamiento”.

La decisión, entonces, corresponde al Parlamento, quien de acuerdo con el inciso 31 del artículo 75 de la Constitución puede “disponer la intervención federal a una provincia o a la Ciudad de Buenos Aires” y “aprobar o revocar la intervención decretada, durante su receso, por el Poder Ejecutivo”.

Lo cierto es que el partido de Gobierno se encuentra en condiciones de intervenir Tucumán con el pretexto de “garantizar la forma republicada de gobierno”, dado que cuenta con la mayoría simple que se requiere en ambas cámaras del Congreso para dictar la ley de intervención.

La última vez que el Parlamento aprobó una intervención fue en 2004, cuando peronistas y radicales acordaron ponerle fin al gobierno del matrimonio Carlos y Mercedes Aragonés de Juárez en Santiago del Estero.

Monte Caseros - Corrientes - Argentina
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