Con Reformas introducida al ultimo momento el Concejo Deliberante, en la sesión del pasado jueves 5, se aprobó el proyecto de Ordenanza que vino a declarar servicio publico al Servicio fúnebre prestado por la Mutual Galco, dando marco legal a la prestación del servicio dentro del contexto del Nuevo Código Civil y Comercial que entrara en vigencia el 01 de Agosto de 2015
La ordenanza queda redactada de la siguiente manera.
DESPACHO
LA MUNICIPALIDAD REUNIDA EN CONCEJO ORDENA
Art.1º Que conforme lo establece la carta Orgánica Municipal en su art 8 inc 16 donde se especifica como función y atribución municipal los servicios Publico funerarios, siendo esta función prestada por la Asociación Mutual Galco CUIT 30-63258275 -3 PERSONERIA JURIDICA LEY 377 AFILIADA AL INSTITUTO NACIONAL DE ACCION MUTUAL Y COOERATIVA, MATRICULA Nº 27 Con domicilio real en calle Entre Rio 556 , por un lapso de casi 50 años.-
Art. 2º Regular las condiciones que debe reunir la o las prestadoras del Servicio Publico Funerarios, de acuerdo al anexo que integra la presente.-
Art.3º La Asociación Asociación Mutual Galco CUIT 30-63258275 -3 , deberá adecuar la prestación del servicio al régimen fijado en la presente ordenanza y su anexo , en un plazo de 90 días de Promulgada la presente ordenanza, pudiendo el Poder Ejecutivo prorrogar dicho plazo .-
Art 4 º de forma
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CONCEJO DELIBERANTE: Declararon como Servicio Público a la Mutual Galco
Published on: 13:44:00
