En la sesión del jueves 10 de marzo, tuvieron ingreso cuatro
proyectos todos ellos presentados por el bloque de Concejales Eva Duarte de
Peron (Graciela Castañeda de Brommer, Beatriz Gallardo y Carlos Soto).
Ingresaron además notas del nuevo gremio municipal solicitando auemnto salarial
y de la Coordinadora de los Derechos pidiendo audiencia con los Concejlaes por
el caso “Nino Largueri”
Los proyectos ingresados fueron:
Proyecto de Ordenanza que contempla que el Concejo
Deliberante, sesione una vez al mes en un centro Comunitario Barrial (pasó a
Comisión)
Proyecto de Ordenanza intensificar campaña de control a la
epidemia del Denge y otras arbovirosis dando cumplimiento a la ordenanza 1392.
(pasó a Comisión)
Proyecto de Resolución , Solicitando informe al Ejecutivo
sobre el estado de dominio de terrenos en los que la Municipalidad ejecuta
vivienda en Parada Labougle, atento a que se trataría de terrenos privados
sobre los que existiria reclamo de terceros (pasó a Comisión)
Proyecto de Ordenanza adherir a la ley 25633 que instituye
el 24 de marzo como dia Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.El
proyecto fue tratado sobre tablas y aprobado por unanimidad del Cuerpo .
Por Ordenanza se dispuso:
Art.1 La Municipalidad de Monte Caseros adhiere a la ley
Nacional N1 25.633. por la que se instituye el 24 de marzo como Día Nacional de
la Memoria por la Verdad y la Justicia en conmemoración de quienes resultaron
víctimas del proceso iniciado en esa fecha del año 1976.
Art. 2º EL departamento Ejecutivo Municipal ejecutará
anualmente actos de Gobierno y jornadas alusivas al Día Nacional de la memoria
por la Verdad y la Justicia, por la que consoliden la memoria colectiva de la
sociedad, generen sentimientos opuestos a todo tipo de autoritarismo y
auspicien la defensa permanente del Estado de Derecho y la plena vigencia de
los Derechos Humanos
TEXTOS COMPLETOS DE LOS PROYECTOS
PROYECTO DE ORDENANZA: Adhesión a la ley Nacional 25.633
VISTO:
La Ley Nacional Ley 25.633. por la que se Instituyese el 24
de marzo como Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
CONSIDERANDO:
Que el 24 de Marzo de 1976 las Fuerzas Armadas, acompañadas
por parte de la sociedad, dieron un golpe cívico-militar, tomaron el gobierno
para poner en marcha lo que Rodolfo Walsh define, con meridiana claridad,
cuando expresa en su Carta Abierta a la Junta Militar en marzo de 1977: “En la
política económica de ese gobierno debe buscarse no sólo la explicación de sus
crímenes sino una atrocidad mayor que castiga a millones de seres humanos con
la miseria planificada”.
En los nefastos años de dictadura, en que se planificaba la
muerte, el terror, la entrega del país, el robo de bebés, entre otras
atrocidades, se destaco un sector de la sociedad que resistieron como pudieron
, que arrollaron las banderas pero no las cambiaron, con el devenir de la
democracia retomaron el rumbo que marcaron los grandes lideres
latinoamericanos, junto a la lucha de las Madres y las Abuelas de Plaza de
Mayo. más de cien nietas/os han recuperado su identidad, cientos de genocidas
ya fueron condenados y miles están procesados, que miles de jóvenes volvieran a
creer y a participar en política.-
Honrar la vida y la memoria de quienes desaparecieron, es
asumir el compromiso que ningún argentino puede desatender, quienes no conocen
u olvidan su historia están condenado a repetir sus errores.
En este contexto el estado Municipal en lo que va desde la
recuperación de la democracia ha llevados acciones concretas para mantener viva
la Memoria, enmarcándose en ello el dictado de la Ordenanza Nº por la que se
nombro a las calles del Barrio CGT 50 Vivienda, hoy incluido en el barrio
Malvinas Argentina con el nombre de cinco jóvenes de nuestra ciudad ; JORGE
ARETA, JOAQUIN ARETA, NILDA RODRIGUEZ, ANIBAL CASTAGNO, y JOAQUIN IBARBUREN
desaparecidos por la dictadura cívica militar, asimismo se concreto el Mural en
el predio de la Estación del este, donde se esculpió la figura de los
desaparecidos.
Que la ley nacional 25.633 en su artículo primero Instituye
el 24 de marzo como Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia en
conmemoración de quienes resultaron víctimas del proceso iniciado en esa fecha
del año 1976.
Dispone que en el ámbito educativo de se incluya en los
respectivos calendarios escolares de jornadas alusivas al Día Nacional, que
consoliden la memoria colectiva de la sociedad, generen sentimientos opuestos a
todo tipo de autoritarismo y auspicien la defensa permanente del Estado de
Derecho y la plena vigencia de los Derechos Humanos. Al igual que faculta al
Poder Ejecutivo nacional para disponer en los distintos ámbitos de su
competencia la implementación de actividades específicas, en el mismo sentido
que el dispuesto para la comunidad educativa
POR ELLO
LA MUNICIPALIDAD DE MONTE CASEROS
REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA
Art.1º La Municipalidad de Monte Caseros adhiere a la ley Nacional
N1 25.633. por la que se instituye el 24 de marzo como Día Nacional de la
Memoria por la Verdad y la Justicia en conmemoración de quienes resultaron
víctimas del proceso iniciado en esa fecha del año 1976.
Art. 2º EL departamento Ejecutivo Municipal ejecutara
anualmente actos de Gobierno y jornadas alusivas al Día Nacional de la memoria
por la Verdad y la Justicia, por la que consoliden la memoria colectiva de la
sociedad, generen sentimientos opuestos a todo tipo de autoritarismo y
auspicien la defensa permanente del Estado de Derecho y la plena vigencia de
los Derechos Humanos.
Art. 3º de forma
PROYECTO DE RESOLUCION . PEDIDO DE INFORMES SOBRE
CONSTRUCCION DE VIVIENDAS
EN PARADA LABOUGLE
VISTO:
La construcción de viviendas que el Municipio ejecuta en
Parada Labougle.
CONSIDERANDO:
Que es de Público Conocimiento que el Municipio ejecuta la
construcción de viviendas en Parada Labougle
Que de igual manera ha trascendido que el terreno en el cual
se ejecuta la obra, seria de propiedad privada y sobre el cual existiría
reclamo por parte de quienes detenta derecho de propiedad.-
Que existe antecedente en la gestión actual de gobierno, de
obra realizada sobre terreno de propiedad privada como ser el cercado del
predio situado en el barrio Florida “ Cancha Nahuel”, donde la inversión
pública se perdió .-
POR ELLO
LA MUNICIPALIDAD DE MONTE CASEROS
REUNIDA EN CONCEJO
RESUELVE
Art.1º Solicitar al Departamento Ejecutivo Informe al
Concejo Deliberante en el término de cinco días, sobre el estado de dominio del
inmueble sobre el que se está construyendo viviendas en la localidad de Parada
Labougle .-
ART. 2 º El pedido de informe es bajo apercibimiento de
considerar al Sr. Intendente Municipal incurso en la figura de incumplimiento
de los deberes de funcionario Público, para el caso de no dar el informe en los
términos y plazo requerido
Art 3º de forma
PROYECTO DE ORDENANZA: El Concejo Deliberante a los Barrios
VISTO:
La necesidad de integrar al Concejo Deliberante a la
sociedad
CONSIDERANDO:
Que la actividad legislativa llevada adelante por el Concejo
Deliberante, debe integrarse e interrelacionarse con los distintos sectores
sociales.
Que desde el Concejo Deliberante se debe imponer actividades
que permitan trascender la actividad legislativa llegando a ser conocida y
puesta en consideración de la sociedad.-
Que en este marco resulta viable, que las sesiones del
concejo Deliberante se realicen en distintos centro barriales, permitiendo de
esta manera que el vecino conozca el funcionamiento del Concejo y pueda
interrelacionarse con los Concejales transmitiendo sus necesidades, y operar
conjuntamente en el abordaje de las necesidades en búsqueda de soluciones-
POR ELLO
LA MUNICIPALIDAD DE MONTE CASEROS
REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA
Art.1º El Concejo Deliberante una vez al mes sesionara en un
centro barrial.-
Art. 2º La presidencia del Concejo Deliberante acordara con
las distintas comisiones vecinales, la celebración de las sesiones -
Art. 3º El Poder Ejecutivo, prestara a la presidencia del
Concejo Deliberante la asistencia necesaria para la ejecución de las sesiones
en los centros barriales
Art. 4º de forma
PROYECTO DE ORDENANZA:
Control Sanitario
VISTO:
La situación epidemiológica del Dengue.
Y lo referido en la Carta Orgánica Municipal a las Funciones
Municipales, Art.8, Inc.11, y el Art.11, en que al Municipio le corresponderá
el control, promoción y protección de la salud debiendo garantizar a los
habitantes el goce de las mejores condiciones de prevención.
Y la Ordenanza Nº 1392 en todos sus términos.
CONSIDERANDO:
Que en la actualidad varios países de la región (Bolivia,
Paraguay, y Brasil, entre otros); y provincias vecinas como Formosa y Misiones,
presentan brotes epidémicos de Dengue y de otras Arbovirosis.
Que el incremento de pacientes con dengue en Corrientes Capital
y dos casos confirmados en Monte Caseros, así como la presencia del mosquito
vector (Aedes aegypti), en nuestra localidad nos ubica en un escenario de ALTO
RIESGO para dengue.
Que los mosquitos del género Aedes, presentes en la
Provincia de Corrientes, puede transmitir enfermedades virales: el Dengue, la
Fiebre Chikungunya, la Enfermedad por Virus Zika y la Fiebre Amarilla.
Que las infecciones causadas por virus trasmitidos por
artrópodos (arbovirus), constituyen un grupo de enfermedades emergentes y re
emergentes y constituyen un problema creciente de Salud Publica a nivel mundial
y en la Región de la Américas. Este grupo de enfermedades comparte, además del
mecanismo de transmisión y las acciones de control, características clínicas.
Y considerando que el Dengue constituiría un serio problema
de salud, si la padeciéramos, tanto por las implicancias personales para el
paciente, que lo lleva a la postración, con varios días de incapacidad laboral,
así como la repercusión social, dado el impacto económico que una epidemia de
esta naturaleza acarraría.
Que es función del municipio:
Promover que la población elimine recipientes inservibles
que puedan servir de de criaderos de mosquitos.
Organizar actividades de descacharrizado en forma rutinaria
para lograr la eliminación de criaderos del mosquito.
Implementar la visita de promotores de salud a los barrios,
retirando todo objeto que pueda contener agua y pudiera convertirse en un
criadero de mosquitos.
Que se entiende que el dengue básicamente es un problema de
saneamiento ambiental domiciliario donde, con muy poco gasto, los integrantes
de la familia pueden eliminar fácilmente los criaderos de mosquito por medios
físicos.
POR ELLO:
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE MONTE
CASEROS, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA
Art.1: El Departamento Ejecutivo INTENSIFICARA la campaña
contra el Dengue y otras Arbovirosis. Con el objetivo de afianzar las acciones
tendientes a limitar el brote de la enfermedad; dando cumplimiento a la
ordenanza 1392 en todos sus términos.
Art.2: REALIZAR desde el Municipio la difusión de medidas de
prevención através de los medios, radial, escrito y televisivo.
Art.3: PROMOVER la participación de las instituciones
escolares e intermedias en la lucha contra este flagelo.
Art.4: DISPONER de Recursos del presupuesto Municipal para
la ejecución de las acciones a ser tomadas, pudiendo solicitar de ser necesario
el corrimiento de partidas.
Art.5: AFECTAR al personal necesario para abocarse a esta
tarea, sea de planta permanente o contratados
Art.6: de forma
Monte Caseros - Corrientes - Argentina
****
www.diariobicentenario.com.ar - Sobre este tema y todos los de nuestro diario digital, encontrás más detalles TODOS LOS VIERNES en ConTxT. Pedilo en los comercios adheridos, es una PUBLICACION GRATUITA de Monte Caseros, Corrientes!
***
Ver mapa más grande
